Ha sido un auténtico placer haber tomado parte en el V Congreso de Derecho Concursal, organizado por la FUE y celebrado los días 5 y 6 de octubre en el Palasiet Thalasso Clinic & Hotel de Benicassim, con el patrocinio de Trademat. No sólo hemos podido disfrutar de un entorno y un tiempo maravillosos, sino que la calidad de las mesas y los ponentes han sido altísimas.

Considero que se ha podido discutir sobre temas de extraordinaria importancia. Sería muy injusto destacar ninguna mesa sobre las restantes, pero de lo debatido en el Congreso aparecen claras algunas cosas. Así, la mesa primera puso de manifiesto la conveniencia de modificar el Texto refundido de la Ley concursal en alguno de los aspectos relativos a los planes de reestructuración, aportando seguridad jurídica y resolviendo algunos de los problemas que se han advertido en la práctica y de los que los jueces de lo mercantil han tenido que suplir con no poca dosis de imaginación.

La mesa segunda se ocupó de un tema de tanta trascendencia práctica como es la venta de las unidades productivas y las incertidumbres que siguen lastrando dicho tipo de operaciones. No obstante, los integrantes de la mesa parecieron albergar más optimismo a la vista de las últimas reformas legislativas (a raíz de la Ley 16/2022) en torno a la acotación de la sucesión de empresa cuando la transmisión se produce en el marco de un concurso de acreedores, sea o no tras un “pre-pack”.

La mesa tercera pasó revista al aún irresuelto problema del estatuto profesional de la administración concursal, aunque se pudieron abordar las novedades que trae el proyecto de reglamento para el acceso al cargo, dado a conocer esta misma semana y que ahora se abre a un trámite de alegaciones.

La mañana del viernes comenzó con una interesantísima mesa sobre la agilización del procedimiento concursal y en qué medida la Ley 16/2022 habría dinamizado el concurso de acreedores, cuestión en la que los ponentes parecían mostrarse de acuerdo, si bien siguen siendo muchos los interrogantes abiertos.

La mesa quinta abordó el tema que más trabajo está dando a los juzgados mercantiles en la actualidad, hasta el punto de amenazar con colapsarlos. Se trata de la exoneración del pasivo insatisfecho en los concursos de personas físicas. En un animadísimo debate se puso de manifiesto la preocupación que existe acerca de la creciente ola de este tipo de procedimientos y cómo se estaría asistiendo a falsos casos de concurso sin masa (para seguidamente acceder a la exoneración) o la muy dudosa buena fe de algunos de los deudores que ejercen ese derecho a obtener la exoneración. Frente a ello las armas legales con que cuentan los juzgados son muy limitadas si los acreedores no actúan en los brevísimos plazos dispuestos por la Ley. Todo ello por no hablar del desánimo que cunde al ver a oficinas judiciales enteras (con los consiguientes fondos públicos) dedicadas en exclusiva a exonerar deuda.

En fin, el congreso se concluyó con una mesa dedicada al Procedimiento especial del Libro tercero (pensada para microempresas) y a algunos de los problemas que se están apreciando en la práctica. Sobre todo, cómo se advierte una creciente “huida” del Libro tercero para intentar encajar en la figura del concurso sin masa, que es el auténtico “coladero” que se ha constatado en este primer año de vigencia de la Ley 16/2022. Al propio tiempo, se pusieron sobre la mesa interesantes cuestiones acerca de la concreta extensión que ha de darse a la expresión “deudas insatisfechas” en el momento de la exoneración del deudor.

El congreso terminó con la intervención de la alcaldesa de Benicassim, con un compromiso de seguir apoyando a la FUE en la organización de este evento en años sucesivos.

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Fernando Martínez Sanz.
Abogado Director.