¿Qué es el pacto de no competencia postcontractual?

Desde Martínez Sanz Abogados queremos resolver todas las cuestiones acerca del pacto de no competencia postcontractual. Este pacto está regulado por el artículo 21 del Estatuto de Trabajadores y establece que para que sea válido ha de cumplir los siguientes requisitos: 

  1. El empresario ha de tener un efectivo interés industrial o comercial.
  2. Se debe satisfacer al trabajador con una compensación económica.
  3. La duración no puede superar los dos años para técnicos y los seis meses para el resto de los trabajadores.

La jurisprudencia ha definido el efectivo interés industrial o comercial como la voluntad de la empresa para evitar que el trabajador, una vez finalizado su contrato, pase a prestar sus servicios a una empresa del mismo sector. Es decir, se busca eludir que el trabajador utilice las experiencias y los conocimientos adquiridos para el desempeño de la actividad de la nueva empresa. Si esto fuera así, establecería una ventaja competitiva para esta nueva empresa.

El pacto de no competencia postcontractual afecta al trabajador una vez ha finalizado la vigencia de la relación laboral con la empresa y puede realizarse en la firma del contrato o durante la vigencia de este.

¿Qué ocurre si no se cumple el pacto de no competencia postcontractual?

En el caso de incumplimiento por parte del trabajador, éste debe abonar una indemnización por daños y perjuicios. También puede consistir en la devolución por parte del trabajador de todas las compensaciones económicas fruto del pacto.

Si es el empresario quien incumple el pacto no abonando la compensación, el trabajador podrá exigir las cantidades pactadas a través de un procedimiento ordinario de reclamación de cantidad.

¿En qué casos se declarará nulo el pacto de no competencia postcontractual?

El pacto será nulo si se incumple alguno de los requisitos establecidos por el artículo 21 del Estatuto de Trabajadores. En el caso del incumplimiento de interés industrial o comercial y de una compensación inadecuada el pacto será totalmente nulo. Pero será proclamado nulidad parcial si la duración establecida es superior a la legal.

No dudes en contactar con nuestro despacho de abogados si te encuentras en esta situación.