Es posible que, en ocasiones, tras emprender un negocio con amigos, familiares, ex compañeros de trabajo o cualquier otra persona, los resultados no sean los esperados. Tal vez no se cumplan las expectativas y exista algún tipo de discrepancia o conflicto entre las funciones que deben cumplir los socios.

Este aspecto puede llevar a que un negocio se incurra en pérdidas. Por eso, los conflictos entre socios deben intentar evitarse, anticipándose a ellos, siempre que sea posible. En caso de no ser posible, ante las diferentes problemáticas que pueden plantearse al compartir un negocio con uno o varios socios, hay que tomar medidas para que esto no afecte al negocio.

¿Qué tipo de conflictos entre socios existen?

Algunos de los conflictos más habituales entre los socios de una empresa suelen encontrarse entre los siguientes:

  • Funciones a desarrollar por cada socio en la empresa.
  • Política de retribución de los socios.
  • Salidas voluntarias de los socios.
  • Incumplimiento de las obligaciones de alguno de los socios.
  • Distribución de los beneficios.

Todas estas problemáticas, en un caso habitual, son incorporadas a los Estatutos Sociales de la empresa, para que no solo vinculen a los socios, sino también a la Sociedad Limitada.

¿Cómo puedo anticiparme a los conflictos entre socios?

En primer lugar, la mejor medida para anticiparse a los conflictos entre socios es la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL). A la hora de formar la SL, se ponen en común los intereses y las pérdidas y ganancias del negocio entre los socios. De este modo, los diferentes socios protegen su patrimonio personal ante una mala decisión empresarial, y limitan su responsabilidad a la cantidad invertida.

Aun así, la constitución de una SL no nos garantizará poder responder de forma ágil a un conflicto entre socios. Por esta razón, existe el Pacto de Socios, que se convierte en un acuerdo privado y vinculante entre los socios.

¿Cómo protegerme de los conflictos entre socios?

El Pacto de Socios se puede redactar antes de iniciar las actividades de la empresa o después. Eso sí, es importante que sea suscrito por todos o la mayoría de los socios. En este caso, es importante que el 100% de los socios de la empresa asuman los derechos y obligaciones que se redacten en el Pacto de Socios.

Para realizar un Pacto de Socios, no es necesario haber constituido una SL, pero sí es recomendable. La creación de una Sociedad Limitada tiene sus propias ventajas en cuanto al negocio y la relación con los socios empresariales, pero no excluye la posibilidad de firmar dicho pacto.

En Martínez-Sanz Abogados somos especialistas en derecho mercantil y societario. Si tienes alguna duda o necesitas asesoramiento para tu empresa, no dudes en contactarnos.