El momento de registrar una marca o nombre comercial puede resultar tedioso si no conoce bien los pasos. Por eso hoy, en Martínez-Sanz Abogados, le esplicamos cómo registrar su marca en España.

Antes de solicitar una marca o un nombre comercial

Para solicitar una marca o un nombre comercial debe tener en cuenta los siguientes aspectos, antes de tramitar el registro:

  • Asegúrese que no se encuentra inscrito con anterioridad para evitar gastos y trámites innecesarios. Para hecerlo, puede consultar, en caso de que se trate de una denominación, en la Consulta de Signos Distintivos.Si como resultado de la búsqueda encuentra un registro anterior de denominación idéntica a la que usted quiere inscribir y que se dedica a distinguir productos iguales o similares, deberá saber que, si el titular anterior se opone, su solicitud podrá ser denegada.
  • Si no localiza ningún signo, nombre o marca idéntica, haga una búsqueda de solicitudes o derechos anteriores por semejanza fonética. Estos titulares también pueden oponerse a su solicitud. Para realizar esta búsqueda necesitará hacerlo previa solicitud, pagando una tasa en la OEPM.
  • Debería también acotar los productos y/o servicios que va a proteger. Estos se se clasifican mediante de la «Clasificación de Niza«.

Cómo registrar su marca en España

El proceso de registro

Para registrar una marca en España, usted debe saber que hay distintos tipos de marcas: las denominativas, las mixtas y las gráficas. Dependiendo si es solo un nombre, nombre y gráfico o solo un gráfico (logotipo). Una marca puede constituir todos los signos (palabras, nombres de personas, dibujos, letras, cifras, colores, forma de producto, packaging y sonidos), siempre que sean apropiados para:

  • Distinguir los productos y servicios de la empresa de los de otras empresas.
  • Ser representados en el Registro de Marcas para que las autoridades competentes y el público en general determinar el objeto que se ha protegido.

Es esencial que la marca que usted quiera registrar, además, no esté incluida en ninguna de las prohibiciones de la Ley de marcas.

Ahora bien, puede realizar el registro de una marca vía telemática, utilizando la sede electrónica de la OEPM. Pero, por otro lado, también puede hacerlo en formato físico. Para ello, debe dirigirse a la Oficina Española de Patentes y Marcas, en los centros Regionales de Información de Propiedad Industrial, Oficinas de Correos, los servicios correspondientes de las comunidades autónomas, etc. Siempre deberá enviarlo por correo certificado y con acuse de recibo.

Requisitos principales para registrar una marca

  1. Instancia.
  2. En el caso de marcas que contengan elementos gráficos, debe incluir una reproducción de esta.
  3. Si la marca es tridimensional, su reproducción tendrá que ser gráfica o fotográfica bidimensional.
  4. Tasas de solicitud.

Adicionalmente, hay algunos elementos indispensables que deben presentarse en una solicitud de marca o nombre comercial para tener una fecha de presentación:

  1. Una declaración por la que se solicite un registro de marca o nombre comercial.
  2. Identificación del solicitante o solicitantes, los cuales pueden ser personas físicas o jurídicas.
  3. En el caso de que la marca o nombre comercial se solicite a través de un representante, se deberá aportar la autorización correspondiente.
  4. Denominación, cuando se trate de una marca o nombre comercial simplemente denominativos o una representación gráfica de estos, si fuesen gráficos o mixtos.
  5. Los productos o servicios a proteger, de conformidad con la Clasificación de Niza.

La fecha en la que deberá presentar la solicitud, se otorgará a partir de que los documentos sean sellados o presentados por la sede electrónica. Una vez solicitado, la OEPM examinará y publicará la marca para oposición durante dos meses en el BOE. Si no recibe ninguna objeción, su solicitud será concedida. Esta concesión tiene una duración de 10 años. Una vez transcurrido este tiempo, deberá renovar el registro de la marca si quiere mantener la exclusiva.

Por otro lado, las marcas pueden caducar. Esto ocurre si:

  • Pasado el periodo de 10 años, no se realiza la renovación de la marca o el nombre comercial.
  • Si se vulgariza, es decir, se convierte en muy genérica y no permite al consumidor identificar el origen empresarial de la misma. En este caso, un tercero podría interponer una acción de caducidad en base a estos argumentos.
  • Si no se usa en el mercado para los productos y/o servicios protegidos. Esto es, según la Ley de Marcas, si transcurridos 5 años desde la fecha de registro, los titulares no han utilizado las marcas de la forma en la que constan en el Registro, un tercero también podría solicitar la caducidad.

Beneficios de registrar su marca en España

Y, ¿por qué debo registrar mi marca? El registro de su marca es esencial para que usted pueda tener los siguientes beneficios legales y económicos:

  • El titular de una marca o nombre comercial registrado estará facultado para prohibir a cualquier tercero el uso, sin su consentimiento, en el tráfico económico, de cualquier signo idéntico o similar que pueda causar confusión.
  • Aumenta el valor comercial y da una imagen más seria y profesional al negocio.
  • Se puede convertir en una fuente adicional de ingresos puesto que, si alguien desea utilizar su marca o nombre comercial, debe pagarle por ello, a través de las licencia correspondientes.
  • Se puede acceder a ayudas y préstamos con mejores intereses y beneficios.

Recuerde, pues, que una marca o nombre comercial es un derecho territorial. Por eso, si usted registra su marca en España, esta solamente le da los derechos de la misma en ese país. En Martínez-Sanz Abogados podemos acompañarle durante todo el proceso de creación de su propia marca, producto o servicio. No dude en contactar con nosotros y le acompañaremos durante todo el proceso.