Cada vez con mayor frecuencia vemos como gran parte de los telediarios o de la prensa escrita dedican más espacio a las noticias del mundo judicial. En el ordenamiento penal, macrocausas o procedimientos en los que se juzga a políticos o empresarios han llenado cabeceras y portadas de la prensa generalista y ya casi todo el mundo conoce que lo que antes se llamaba «imputado» ahora es «investigado».  El espectador, o lector, ha ido familiarizándose con términos jurídicos de todos los ámbitos. Por eso, hoy hablaremos de la necesidad de asesorarse al verse afectado por un concurso de acreedores. Un tema que hemos ido leyendo en noticias pero, ¿qué hacemos si nos vemos inmersos en uno?

En épocas recientes, incluso el derecho administrativo, tan poco mediático, ha estado en boca de todos con las medidas que los gobiernos, autonómicos o nacional, e incluso ayuntamientos, imponían para confinar a la población como medida de lucha contra la expansión del coronavirus. Cualquier ciudadano de a pie opinaba sobre si esas medidas excedían de las competencias correspondientes y vaticinaba cuál sería la respuesta del tribunal de turno al ser impugnadas por quien se consideraba perjudicado.

La proliferación de concursos de acreedores, una nueva realidad tras la crisis por la Covid-19

Esta misma crisis económica y sanitaria provocada por la COVID-19 ha propiciado la proliferación de concursos de acreedores de los que se publican noticias a diario. Antes del aluvión que se  prevé para el momento en el que finalice la moratoria aprobada por el gobierno, hemos conocido importantes concursos, desde el muy anunciado de Abengoa hasta otros que han tenido gran repercusión por el número de afectados, como ha sido el caso de las clínicas dentales Dentix. Se calcula que más de 4.000 pacientes estaban pendientes de tratamiento en el momento de la declaración de concurso.

Surgen para estas personas varias incertidumbres: por un lado, qué pasará con su tratamiento, que en la mayoría de casos no había finalizado. Gran parte de sus 350 clínicas se cerraron tras el anuncio del concurso por lo que los pacientes no sabían a quién acudir con las citas que tenían pendientes en esas fechas. Por otro lado, se mostraban preocupados, lógicamente, por las cantidades que ya habían sido abonadas a cuenta de los servicios presupuestados. Esto dio lugar a una avalancha de consultas ante todas las organizaciones de consumidores que existen en España y organismos de consumo oficiales. Todas ellas publicaron formularios específicos para la reclamación en este concurso y consta que se incrementaron las llamadas de sus asociados interesándose por el procedimiento a seguir para reclamar su crédito. Entonces, pues, estos conocimientos judiciales adquiridos por el gran público de los que hablábamos antes no fueron suficientes para saber qué camino tomar.

Este concurso, por su tamaño y por la condición de consumidores de sus afectados, recordaba a otros sufridos en el pasado en España. El más parecido sin duda es el de iDental declarado en 2018. Pero también  otros como el de Opening, en el que los cursos de idiomas se habían abonado al inicio del periodo lectivo y se vieron interrumpidos por la declaración del concurso con el cierre de las academias de inglés. O el de la aerolínea Air Madrid, en la que miles de viajeros se vieron afectados.

Por su similitud al ser tratamientos médicos, el concurso de Dentix recuerda al de Corporación Dermoestética en el año lo 2015. Aunque puedan parecer similares existen diferencias que hacen que el tratamiento de los créditos de los pacientes o clientes sea muy distinto. En algunas ocasiones, el paciente afectado por el concurso tenía por pagar una parte importante del tratamiento, que no debía a la concursada sino a una entidad financiera con la que ésta colaboraba para ofrecer el pago fraccionado o financiado de los tratamientos que se pautaban. Muchos casos tuvieron la paradoja de que por tratamientos que no se iban a poder recibir y que generaban en el paciente un derecho de crédito de difícil cobro, existía a su vez una deuda por el importe que quedase por abonar a fecha del concurso. Al ser con una tercera entidad financiera no era tan fácil de resolver, por lo que entra en juego además, la Ley de Contratos del Crédito al Consumo.

En definitiva, aunque a priori pueda parecer que todos estos casos se resuelven de la misma manera, es importante asesorarse para conocer los derechos, y a veces obligaciones, ante estas quiebras empresariales. En ocasiones, plantear equivocadamente la reclamación que corresponde puede generar la pérdida del derecho del consumidor afectado.

En Martínez-Sanz Abogados somos especialistas en Derecho Concursal. No dude en contactar con nosotros si necesita asesoramiento legal.

Cristina Gasanz Eguiagaray. Abogada Senior. Directora Oficina Madrid.