Reducción del Capital Social en una Sociedad de Responsabilidad Limitada

¿Cómo se reduce el capital social en la Sociedad de Responsabilidad Limitada?

Como ya os adelantábamos en el post anterior sobre el Aumento del Capital Social en una S.L., éste se puede llevar a cabo a través de dos procedimientos. Pero, ¿qué ocurre cuando existe un interés por la reducción de dicho Capital Social?

Como abogados especialistas en derecho mercantil, primero vamos a recordar el concepto de ‘capital social’ dentro de una S.L. Entendemos el capital social como aquella cifra expresada en euros que se corresponde con el valor de los bienes cedidos por parte de los socios de una sociedad.

Dichos bienes se ceden sin derecho de devolución y quedan contabilizados en una partida contable del mismo nombre.

Ahora bien, una vez comprendido qué es el ‘Capital Social’, profundizaremos sobre la reducción de Capital Social en una Sociedad de Responsabilidad Limitada.  

Reducción de capital social en una S.L.

La principal finalidad de reducir el Capital Social es restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad. Dicho patrimonio puede haber quedado disminuido como consecuencia de las pérdidas, constitución o incremento de la reserva legal, reservas voluntarias o la devolución del valor de las aportaciones.

Desde Martínez Sanz Abogados, tras tanto años de experiencia hemos visto cómo dicha reducción suele realizarse mediante la disminución del valor nominal de las participaciones o a través de su amortización o agrupación.  Conocida como reducción por pérdidas.

  • Reducción por pérdidas. Uno de los factores característicos de este tipo de reducción es que deberá afectar a todas las participaciones por igual. Y siempre en proporción a su valor nominal. Además, en ningún caso la reducción por pérdidas podrá dar lugar a reembolsos a los socios de la sociedad en cuestión. Hay que tener en cuenta que en el supuesto caso de que la sociedad cuente con algún tipo de reservas no cabría realizar este tipo de reducción de capital.

Por otra parte, siguiente con el modo de reducción por pérdida de capital, el balance que sirva de base a la operación de disminución de capital por pérdidas deberá referirse a una fecha comprendida entre los seis meses anteriores al cuerdo.

Obligaciones que debe cumplir la sociedad.

Hay una serie de obligaciones que se deben cumplir para que la sociedad pueda repartir los dividendos una vez reducido el capital. Por ejemplo, es esencial que la reserva legal alcance el diez por ciento del nuevo capital.

  • Reducción para dotar la reserva legal. En este caso, se aplicará lo establecido anteriormente para la reducción por pérdidas.
  • Reducción para la devolución del valor de las participaciones. Aquí surgen una serie de cuestiones a tener en cuenta, será preciso que si el acuerdo no afecta por igual a todas las participaciones se requiera el consentimiento individual de los titulares de las participaciones a las que no les afecte. La devolución del valor de las aportaciones a los socios se hará a prorrata del valor desembolsado de las participaciones sociales o acciones.