¿Qué diferencias existen entre los diferentes tipos de despido?

Seguro que en algún momento de su vida ha tenido que enfrentarse a un despido, ya sea propio o de un conocido. Desde Martínez Sanz Abogados queremos disipar todas las dudas sobre los distintos tipos de despido y sus diferencias. Según la legislación actual existen tres tipos de despido en España: nulo, improcedente y procedente o disciplinario.

El despido nulo

Para que se produzca el despido nulo este debe venir motivado por alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución Española o bien por una violación de los derechos fundamentales y las libertades públicas del trabajador.

¿Qué consecuencias tiene el despido nulo?

Ante un despido nulo, la empresa deberá readmitir inmediatamente al trabajador despedido y abonarle todos los salarios que no ha obtenido por motivos del despido. Si el empleado despedido ha estado cobrando la prestación por desempleo mientras se resolvía la reclamación, el empresario deberá abonarla descontando los sueldos a pagar. Además, el periodo de reclamación contará como tiempo cotizado por el empleado, por tanto, el empresario deberá abonar las cuotas correspondientes a la Seguridad Social. 

¿Cuáles son las principales causas de despido nulo?

En España las principales causas de despido nulo suceden a consecuencia de la maternidad, la violencia de género o el cuidado de familiares. En lo referente a la maternidad, todos los despidos producidos durante su permiso, riesgo en el embarazo o durante la lactancia, enfermedades originadas por el parto serán considerados nulos. Si hablamos de la violencia de género, son nulos los despidos producidos por motivos de reducción horaria, cambio de centro o movilidad geográfica a los que tienen derecho las trabajadoras que sufren esta situación. Por último, será nulo si el despido se produce durante una excedencia del trabajador para cuidar a sus hijos o familiares.

El despido improcedente

Se define como despido improcedente a aquel en que el empleador no puede demostrar que se han dado las exigencias formales establecidas por la ley o los convenios colectivos para ejecutar un despido disciplinario. Será un Juez de lo Social el que determinará si se ha producido o no un despido improcedente. Lo normal en estos casos es llegar a un acuerdo entre las partes.

¿Qué consecuencias tiene el despido improcedente?

Una vez dictada la sentencia que determina que el despido es improcedente, el empresario tendrá dos opciones: la readmisión inmediata del trabajador, abonando el pago de los salarios de tramitación, o abonarle, de acuerdo con la legislación actual, una indemnización de 33 días de salario por cada año trabajado en la empresa.

El despido procedente o disciplinario

Se conoce como despido procedente o disciplinario aquel en que el empresario puede acreditar las causas que alegó en el momento de llevarlo a cabo. Esta tipología de despido se conoce también como despido por causas objetivas. En la actualidad es el tipo de despido mayoritario.

¿Qué consecuencias tiene el despido procedente?

En caso de que se produzca un despido procedente o disciplinario, el trabajador tiene derecho a recibir una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Así pues, el empresario está obligado a abonar dicha indemnización desde el momento que se realiza la notificación de despido, salvo que el motivo del despido sea por una situación económica adversa demostrable, pues, en este caso, podrá retrasarse hasta que la decisión extintiva sea firme.

Si necesitas asesoramiento en este tema, no dude en contactar con nuestro despacho de abogados para resolver cualquier cuestión.